domingo, 27 de febrero de 2011

¿PORQUE DEBEMOS CONTAR SIEMPRE CON UN ESPECIALISTA INMOBILIARIO AL MOMENTO DE VENDER O COMPRAR UNA PROPIEDAD?

Cuando se nos presenta el requerimiento de un servicio determinado, conviene siempre recurrir a un especialista cuya experiencia y conocimiento nos brinde seguridad y la garantía de una correcta atención.

En los últimos años hemos sido testigos de un importante desarrollo de proyectos inmobiliarios tanto residenciales como comerciales y corporativos; ello como consecuencia del  creciente dinamismo del sector en nuestro país.

En el Perú como en tantos otros países del mundo, la actividad en Real Estate o intermediación inmobiliaria ha ido cobrando una significativa importancia.
Coincidentemente, en Diciembre del 2010 ha entrado en plena vigencia el D.L. 29080 “Ley de Creación del Registro del Agente Inmobiliario” que regula y formaliza la actividad de corretaje y asesoría para la venta y arrendamiento  de inmuebles en el territorio nacional;  asignando un número de registro a aquellos profesionales que han cumplido con los requisitos exigidos por esta norma.

Esta actividad que durante años se desarrolló carente de un reconocimiento por parte del Estado y  sin una normativa legal que la regule, encuentra a partir de la publicación de la mencionada ley, un sustento jurídico que formaliza la actividad del agente inmobiliario.

Vender o alquilar un inmueble, no es cosa fácil, requiere considerar una serie de etapas que van desde lo legal hasta la adecuada valorización comercial del inmueble que determine el precio correcto para llevar a cabo la transacción.

Cuando un propietario decide poner a la venta su inmueble, además de definir el precio con el que saldrá al mercado, requiere conocer el estado registral de su propiedad.  La revisión de documentos se hace imprescindible,  ya que al momento del cierre, el comprador  le solicitará entre otros,  la copia literal de la  partida registral,  la constancia de pago de los impuestos municipales,   y en caso de ser necesario,  certificado de parámetros, certificados de nomenclatura y numeración, declaratoria de fábrica, vigencia de poderes, sucesiones intestadas, etc.

Todo proceso de venta requiere además, de promoción y publicidad,  mostrar la  propiedad a los probables interesados, evaluando sus ofertas, así como participar de la delicada etapa de negociación que define el cierre de la operación.

La participación del agente inmobiliario en el proceso de venta descrito, supone para el propietario un importante aporte,  ya que un especialista con la debida experiencia y conocimiento se hará cargo de este proceso. 


Por otro lado, es importante destacar que el buen clima por el que atraviesa nuestra economía, permite a todos aquellos que desean adquirir un inmueble, contar con diversos  productos de crédito que en el sistema financiero, tienen en la actualidad un gran atractivo.

El cierre de la operación pasa además,  por la redacción de un Contrato de Arras en caso las partes así lo acuerden; del Contrato de Compraventa (Minuta), del pago de los impuestos -alcabala en caso del comprador,  impuesto a la renta si fuera aplicable en caso del vendedor -  firma de escritura pública y la consecuente y necesaria inscripción en los registros públicos.

Como podemos constatar, tanto para el propietario como para los compradores es fundamental  la intervención del agente inmobiliario como actor que viabilizará el proceso de la transferencia,  de manera técnica y profesional.

Es importante señalar, que este agente inmobiliario debe encontrarse debidamente registrado en el Ministerio de Vivienda, a fin de garantizar a las partes la calidad y profesionalismo  en el servicio.

Por ello, si deseamos vender, alquilar o comprar un inmueble, no dudemos en considerar siempre los servicios profesionales de un experto inmobiliario.
Ganaremos tiempo y dinero, pero sobre todo será garantía de éxito en esta importante y transcendente decisión.